El Norteño - Horarios y pasajes

Horarios El Norteño
| Empresa | Origen | Destino | H.Salida | H.Llegada | Rutas | Dias |
|---|---|---|---|---|---|---|
| EL NORTEÑO | BELLA UNION | BARRA DEL CUAREIM | 6:00 | 7:00 | 3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa |
| EL NORTEÑO | BARRA DEL CUAREIM | BELLA UNION | 6:30 | 18:30 | 3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa |
| EL NORTEÑO | MONTEVIDEO | BELLA UNION | 16:30 | 1:00 | 1,3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi |
| EL NORTEÑO | MONTEVIDEO | BELLA UNION | 23:00 | 7:10 | 1,3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa,Do,Fe |
| EL NORTEÑO | BELLA UNION | MONTEVIDEO | 6:00 | 14:30 | 3,1 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi |
| EL NORTEÑO | BELLA UNION | MONTEVIDEO | 21:45 | 6:15 | 3,1 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa,Do,Fe |
| EL NORTEÑO | SALTO | BELLA UNION | 7:00 | 10:10 | 3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa,Do,Fe |
| EL NORTEÑO | SALTO | BELLA UNION | 17:30 | 20:30 | 3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa,Fe |
| EL NORTEÑO | SALTO | BELLA UNION | 21:00 | 22:30 | 3 | Vi,Do |
| EL NORTEÑO | BELLA UNION | SALTO | 12:10 | 15:10 | 3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa,Do,Fe |
| EL NORTEÑO | BELLA UNION | SALTO | 18:00 | 21:15 | 3 | Lu,Ma,Mi,Ju,Vi,Sa,Do,Fe |
Principales destinos
- Bella Unión
- Salto
- Montevideo
Servicios
🚍 Requisitos básicos
Habilitación vigente para transporte de pasajeros.
Certificado de Aptitud Técnica (C.A.T.) al día.
Mantenimiento en perfectas condiciones (motor, frenos, dirección, sistema eléctrico, combustible).
Aprobación previa de características técnicas por la Dirección Nacional de Transporte.
🚌 Carrocería
Puertas de servicio:
Una delantera (lado derecho, obligatoria).
Una trasera (obligatoria en suburbanos, optativa en carreteros).
Puertas de emergencia visibles y de fácil accionamiento.
Ventanas:
Material no peligroso en caso de rotura.
Cortinas o protección solar.
Visibilidad hacia el exterior.
Piso:
Antideslizante y resistente (mínimo 500 kg/m²).
Pasillos:
Ancho mínimo:
40 cm (suburbanos)
35 cm (carreteros)
25 cm (microómnibus)
Escalones de acceso con medidas reglamentadas.
Pintura exterior uniforme y sobria con nombre de empresa y número interno visibles.
💺 Asientos
Individuales o dobles (en suburbanos puede haber uno quíntuple atrás).
Acolchados y reclinables en carreteros.
No se permite colocarlos en forma longitudinal.
Medidas mínimas reglamentarias:
Altura del asiento: 40–45 cm.
Ancho: 50 cm (individual) / 90 cm (doble).
Profundidad: 43–48 cm.
Respaldo: 70 cm (carretero) / 50 cm (suburbano).
Distancia entre asientos:
85 cm (carreteros) / 75 cm (suburbanos).
Espacio libre delante del respaldo:
75 cm (carreteros) / 65 cm (suburbanos).
Asientos especiales según reglamentación DNT.
🎒 Equipaje
Bodegas obligatorias en ómnibus “carreteros”.
Espacios interiores para equipaje de mano (carreteros).
📦 Encomiendas
Se permite transportar encomiendas en las bodegas junto con el equipaje de los pasajeros, siempre que no afecten su espacio.
El peso máximo por bulto es de 30 kg.
Está prohibido transportar armas, explosivos, inflamables o mercancías peligrosas; estupefacientes o sustancias psicotrópicas; animales vivos (salvo pollitos bebé o mascotas pequeñas en recipientes adecuados con certificado veterinario); y productos mal embalados o que puedan comprometer la seguridad o incomodar a los pasajeros.
El remitente debe indicar nombre, domicilio y documento de identidad, al igual que el destinatario, y la empresa debe conservar esos datos durante un año.
La empresa puede exigir la apertura del bulto si sospecha contenido prohibido y, en caso de negativa, puede rechazar el envío.
El MTOP puede autorizar excepciones por razones geográficas, sociales o de servicio.
Si se detectan excesos de peso, la empresa es responsable según el Reglamento de Límites de Peso vigente.
Constituyen infracciones: a) bultos que superen los 30 kg; b) envío de elementos prohibidos; c) falta de identificación del remitente o destinatario.
Las sanciones son: literal a) multa de 10 UR; literal b) multa de hasta 50 UR según el caso; literal c) multa de 5 UR. En caso de reincidencia, puede aplicarse suspensión del servicio de encomiendas o revocación de la autorización de la línea.
Referencia: Las condiciones se encuentran reguladas en el Decreto Nº 422/008.
💡 Confort y seguridad
Extintores de incendio con control y vigencia.
Botiquín reglamentario (en servicios carreteros de larga distancia).
Puertas y salidas de emergencia funcionales.
🎵 Servicios opcionales
Baños.
Equipos de video y música.
Bar o servicio de bebidas.
Otros dispositivos de seguridad y comodidad para pasajeros.
Los servicios de transporte se encuentran regulados por el Reglamento General para Ómnibus, Dec.18/991. El régimen de encomiendas por el Dec. 422/008.

4779 2676
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